Resumen del Artículo Disposición final tercera

Artículo Disposición final tercera del Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía. (codigo) — Disposición final tercera. Esta Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición final terceraDisposición final tercera

Disposición final tercera.

Esta Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

Norma publicada: 15 de junio de 1998

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición final tercera

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